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CENTRALIZACION, DESCONCENTRACION Y DESCENTRALIZACION

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¿QUE ES?  Los órganos desconcentrados integran la Administración Pública Centralizada al ser dependientes de las Secretarías de Estado, mientras que los órganos descentralizados integran la Administración Pública Paraestatal. La relación de jerarquía consiste en una relación de dependencia que implica ciertos poderes de los órganos superiores sobre los inferiores, en cada grado de la jerarquía, hasta el Presidente de la República, que es el jefe jerárquico superior de la administración pública federal. En México, el régimen centralizado, constituye la forma principal de la organización administrativa. Su estudio viene a ser el de la organización del Poder Ejecutivo, en cuyas manos se concentra principalmente la mayor parte de la función administrativa. El Presidente tiene, según la Constitución, un doble carácter: de órgano político y de órgano administrativo. Su carácter de órgano político deriva de la relación directa e inmediata que guarda con el Estado y con los otros órganos r...

CONCEPTO, NATURALEZA Y FIN DE LA ADMINISTRACION

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 DEFINICION:  La administración es una de las actividades humanas más importantes, encargada de organizar y dirigir el trabajo individual y colectivo efectivo en términos de objetivos. A medida que la sociedad, empezó a depender crecientemente del esfuerzo grupal y que muchos grupos organizados tienden a crecer, la tarea de los administradores se hace mucho más importante. La administración aparece desde que el hombre comienza a trabajar en sociedad. El ser humano es social por naturaleza, por ello tiende a organizarse y cooperar con sus semejantes La administración es el proceso cuyo objeto es la coordinación eficaz y eficiente de los recursos de un grupo social para lograr sus objetivos con la máxima productividad. ¿CUAL ES SU NATURALEZA?  Administrar es el proceso por medio del cual se logran los objetivos grupales o individuales con eficiencia y eficacia. Este fenómeno incluye administrar, gerencia, gestionar, arreglar, disponer, cuidar de, conducir, gobernar, manejar...

FUENTES DEL DERECHO

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¿CUALES SON LAS FUENTES DEL DERECHO? Las fuentes formales del Derecho Administrativo son: la Constitución, la ley, el reglamento, los decretos-ley. las circulares y la jurisprudencia. Y cada uno tienen una clasificación que es la formal y material que en la siguiente imagen estan algunos ejemplos clasificados   AQUI TE DEJO UN VIDEO DONDE TE DERAN EJEMPLOS MAS DETALLADOS :)

OBJETO DEL DERECHO ADMINISTRATIVO

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 ¿PORQUE LO ES?  El Derecho Administrativo tiene como objeto el estudiar las diferentes actuaciones, en materia administrativa, del Estado, así como la regulación de los entes de dicho poder y sus relaciones.

CIENCIA DE LA ADMINISTRACION

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 COMO SE DEFINE? Esta es una disciplina de estudio amplio e interdisciplinario que se encarga del manejo y gestión de las organizaciones, a través de la aplicación de un proceso administrativo específico que se compone de 4 puntos imprescindibles: la planificación, la organización, la dirección y el control. Las  ciencias de administración y gestión  son ciencias de acción y decisión, que se apoyan y se articulan en numerosas disciplinas de las ciencias exactas y de las ciencias humanas.  Aqui te dejo un link con mas informacion  https://www.gestiopolis.com/administracion/

ESTRUCTURA DEL SISTEMA FEDERAL

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 ¿QUE ES? El Supremo Poder de la Federación se divide, para su ejercicio, en los Poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial. El Poder Ejecutivo gobierna de conformidad con lo establecido por la legislación.  ESTE TEMA ES SENCILLO :) 

EXTENSION DE LAS ATRIBUCIONES

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 COMO SE DEFINE? por  atribución  se entiende, el faculta miento concreto que el ente soberano o quien ejerce la función gubernativa realiza al Estado, y se clasifican en cuatro categorías: Atribuciones de mando , de policía o de coacción que comprenden todos los actos necesarios para el mantenimiento y protección del Estado y de la seguridad, la salubridad y el orden público. Atribuciones de regulación , para regular las actividades económicas de los particulares. Atribuciones de creación , para crear servicios públicos. Atribuciones de intervención , para intervenir mediante gestión directa en la vida económica, cultural y asistencial del país. Es lo que hace el Estado y lo que le está permitido atender, es decir, son las tareas que el Estado decide reservarse, por medio del orden jurídico, las cuales están orientadas a la realización de sus fines; esto es, son los grandes rubros de la actividad del poder público, tendiente a alcanzar sus fines. Por ejemplo, preser...